Ley 7/2021, de 20 de mayo, de cambio climático y transición energética.

Tras más de un año de tramitación, la Ley se ha publicado sin grandes cambios sobre la versión inicial, excluyendo la normativa que se anticipó en el Real Decreto Ley 23/2020. Destacar como aspectos más relevantes de esta ley:

  • Fija objetivos climáticos en línea con los del PNIEC (23% reducción de CO2, 42% renovables sobre demanda final, 39.5% de eficiencia), que se revisarán en 2023 y que sólo podrán ser modificados al alza.
  • Se adecuará el sector eléctrico para incrementar la participación de consumidores, la inversión en energía renovable, la generación distribuida y almacenamiento, el aprovechamiento de las redes eléctricas y el uso de la flexibilidad para su gestión y los mercados locales de energía, el acceso al dato por los clientes y la innovación.
  • Se promoverán las centrales hidroeléctricas reversibles.
  • Se consolida la aportación de los 450 M€ de ingresos por subastas CO2 al sector eléctrico.
  • En 2040 las nuevas venta de vehículos no comerciales serán cero emisiones. Planes de movilidad para áreas > 50.000 habitantes no más tarde de 2023. Y los municipios > 20.000 habitantes deberán adoptar también planes de movilidad con las mismas medidas que los de > 50.000 habitantes si superan los valores límite de los contaminantes regulados en el RD 12/2011 sobre calidad del aire.
  • A partir de 2021 obligación de poner puntos de 150kW o 50 kW en gasolineras de mayor volumen de ventas (nuevas o que acometan reformas).
  • Se constituirá un grupo de expertos para evaluar una reforma fiscal que valorará la fiscalidad verde.
  • Se realizará una revisión de todas las ayudas y medidas que favorezcan el uso de los productos energéticos de origen fósil, para evitar ayudas que no estén justificadas por interés social, económico o a inexistencia de alternativas tecnológicas.
  • Se promoverán sistemas de calefacción cero emisiones.
  • El Ministerio elaborará una herramienta cartográfica para zonificar y vigilar, junto con las CCAA, para que el despliegue de Renovables se lleve a cabo, preferentemente, en emplazamientos con menor impacto.
  • El Gobierno establecerá las empresas que deberán calcular su huella de carbono y elaborar un plan de reducción de emisiones.

Link a la norma completa en el BOE de Ley 7/2021

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