El Real Decreto-ley 11/2020 adopta medidas complementarias aplicables durante la vigencia del Estado de alarma relativas a:
- La ampliación del colectivo de potenciales perceptores del bono social,
- La no suspensión del suministro a consumidores domésticos en su vivienda habitual,
- La posibilidad de suspensión temporal o modificación de los contratos de suministro, incluyendo la reducción de potencia, para los autónomos y empresas sin penalizaciones, siendo esta reducción de ingresos para el sector eléctrico (peajes) financiada desde Presupuestos del Estado,
- La posibilidad igualmente para dicho colectivo de suspender temporalmente el pago de las facturas de suministros sin cargo, pudiendo el comercializador no abonar peajes, ni IVA, ni Impuesto eléctrico,
- La posibilidad de que distribuidoras y comercializadoras dispongan de préstamos con avales de Estado por los importes en que hayan visto reducidos sus ingresos, y
- La prórroga de los permisos de acceso a la red concedidos antes de la Ley del sector eléctrico.
Link a la norma completa en el BOE del Real Decreto-ley 11/2020