El Real Decreto 1183/2020, regula los criterios y procedimientos que aplican a la solicitud y obtención de los permisos de acceso y conexión para generación, transporte, distribución, consumo y almacenamiento y que se deben satisfacer para el cumplimiento de los objetivos de política energética y penetración de renovables. El criterio general de prelación de los accesos será la fecha de solicitud del acceso, se contempla la posibilidad de realizar concursos de capacidad para nuevas instalaciones en nudos concretos de la red de transporte, y complementa la regulación de la hibridación.
El RD se complementa mediante la Circular 1/2021 de la CNMC, que establece el contenido de las solicitudes, permisos y contratos, los criterios económicos y para la evaluación de la capacidad, los motivos para denegación de permisos, el contenido de los contratos, y la obligación de publicidad, de transparencia de la información, entre otros.
Link a la norma completa en el BOE del Real Decreto 1183/2020