En
esta nota el objetivo es introducir brevemente el concepto de Responsabilidad
Social Empresarial (RSE) en el contexto de las organizaciones del sector
energético, así como presentar algunos instrumentos de la RSE de especial
interés en este ámbito, como son las Alianzas Público-Privadas.
La
necesidad de hacer compatible el desarrollo económico con el desarrollo social
y ambiental se hace cada vez más patente, no sólo para las administraciones
públicas y la sociedad civil, sino también para las empresas (ver Energía y Sociedad). Asimismo, cada vez parece más clara (Orlitzky
et al., 20031)
la relación entre una gestión sostenible desde el triple punto de vista
económico, social y ambiental y la creación de valor a largo plazo.
En
este contexto, surge el concepto de Responsabilidad Social Empresarial, RSE (o
en inglés, CSR, Corporate Social
Responsibility).
La
Comisión Europea (20012),
en su Libro Verde “Fomentar un Marco Europeo para la Responsabilidad
Social de las Empresas”, define la RSE como “la integración voluntaria, por parte
de las empresas, de las preocupaciones sociales y medioambientales en sus
operaciones comerciales y sus relaciones con sus interlocutores”.
En
la misma línea, el Foro de Expertos sobre RSE, constituido por iniciativa del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, señala que la Responsabilidad Social
de la Empresa es, “además
del cumplimiento estricto de las obligaciones legales vigentes, la integración
voluntaria en su gobierno y gestión, en su estrategia, políticas y
procedimientos, de las preocupaciones sociales, laborales, medio ambientales y
de respeto a los derechos humanos que surgen de la relación y el diálogo
transparentes con sus grupos de interés, responsabilizándose así de las
consecuencias y los impactos que se derivan de sus acciones”. De
este modo, “una
empresa es socialmente responsable cuando responde satisfactoriamente a las
expectativas que sobre su funcionamiento tienen los distintos grupos de
interés” (MTAS, 20053).
Otra
definición interesante es la del World
Business Council for Sustainable Development (WBCSD), una coalición de unas
200 empresas internacionales comprometidas con el crecimiento económico y el
desarrollo sostenible:
“La responsabilidad social empresarial
es el compromiso que asumen las empresas de contribuir al desarrollo económico
a la vez que se mejora la calidad de vida de los empleados y sus familias, así
como de la comunidad en la que operan y la sociedad en su conjunto”. A modo de
gran resumen, se puede decir que la RSE consiste en el comportamiento ético de
las empresas respecto a la sociedad en su conjunto (WBCSD, 19984).
Como
se acaba de presentar, la definición de la RSE no es única, sino que es un
concepto que integra distintos enfoques asociados a diversos ámbitos de
actuación y/o impacto de
La
brújula que alinea las directrices estratégicas y organizativas que forman
parte de la RSE es la ética empresarial
(Figura 1). La importancia de la ética en la empresa se concreta en la
incorporación voluntaria de determinados valores en la estrategia de la empresa
y la transmisión de estos valores a través de la cultura empresarial.
Figura 1. RSE y ética
empresarial.

Fuente:
Elaboración propia
A los grupos que interactúan con la empresa se les conoce con el nombre de grupos de interés (stakeholders). Esta expresión incluye, según Freeman (19845), cualquier grupo o individuo que puede afectar o estar afectado por el logro de un propósito de la organización, lo que, en principio, abarca a una gran variedad de actores que van desde los accionistas, los empleados, los proveedores o los clientes (con intereses directos), a las administraciones públicas o el tercer sector (cuyos intereses suelen ser indirectos).
La base fundamental de la RSE es, precisamente, la relación con los grupos de interés; la obligación de la empresa es evitar el perjuicio de dichos stakeholders. E incluso se apunta más lejos: sin olvidar que la RSE tiene carácter voluntario (la empresa no está, por tanto, obligada), lo que se busca es no sólo no perjudicar, sino favorecer, siempre que sea posible, a dichos stakeholders.
La cultura
de una organización es un conjunto de elementos interactivos fundamentales
generados y compartidos por los miembros de la misma al tratar de conseguir la
misión que da sentido a su existencia. Proporciona un marco de interpretación
de la conducta de las personas en el ámbito organizacional.
Cuando Porter y Kramer (20066)
hablan de que la RSE estratégica no se distingue del día a día de las
organizaciones, trasladan el acento a la necesidad de coherencia en todos los
ámbitos de
A continuación se enumeran algunas de las prácticas habituales de las empresas en materia de RSE, así como algunos aspectos relevantes en este campo:
• Relaciones y mecanismos de diálogo
con los grupos de interés. Actuaciones de la empresa para satisfacer las
expectativas razonables de dichos grupos de interés.
• Información pública de la empresa
como rendición de cuentas a la sociedad (Informes de RSE y de sostenibilidad).
• “Aseguramiento” de la
información pública de la empresa con procesos de verificación externa, para
proporcionar la máxima confianza a los lectores.
• Influencia de las acciones RSE en la
reputación de la compañía.
• Las finanzas éticas y la inversión
socialmente responsable como palancas de la RSE.
Una de las posibilidades que la RSE está potenciando, y que tiene especial interés en el caso de la prestación de servicios básicos para la población, es la formalización de Alianzas Público – Privadas. En ellas converge de manera clara el enfoque de lo público, la aportación de la empresa, y la necesidad de establecer esquemas de colaboración eficaces.
El Libro Verde de
De acuerdo con la publicación sobre el tema de Fundación Carolina (Mataix et al., 20078), las APPs se pueden caracterizar con el siguiente esquema (Figura 2). Este marco conceptual pone de manifiesto la necesidad de establecer colaboraciones de carácter estratégico, en las que ambas partes comparten objetivos, riesgos y beneficios, para poder hablar de Alianzas Público-Privadas. Una mera subcontratación o un contrato de gestión de servicios no pueden considerarse una alianza en el sentido estricto del término. El establecimiento de alianzas requiere colaboración y visión compartida entre el sector público y el privado.
Figura 2. Caracterización de las alianzas
público-privadas (para el desarrollo)

Fuente: Mataix et al. (2007)
Si hablamos de las alianzas público privadas para el desarrollo (APPpD), nos encontramos de entrada con una diferencia fundamental frente a las APP “clásicas”, y es que el objetivo de las primeras busca esencialmente generar impactos positivos en el desarrollo de los países y capas de la sociedad más empobrecidos y mejorar, por tanto, el acceso a bienes y servicios básicos que afectan a la posibilidad de que las personas lleven una vida digna.
A modo de conclusión de esta nota, se destaca la necesidad de que la RSE se convierta en un motor estratégico de las empresas. La ética empresarial es parte de la cultura de las organizaciones socialmente responsables, sin ella no es posible hablar de RSE estratégica (ver el artículo de Porter y Kramer, 2006, para una explicación del concepto de RSE estratégica). Una política de RSE integrada en la estrategia de la empresa debería distinguirse con dificultad del día a día del negocio. Asimismo, en el contexto de las empresas energéticas, herramientas propias de la RSE, como la formalización de Alianzas Público Privadas, pueden jugar un papel interesante de cara a establecer esquemas de colaboración que permitan una convergencia entre la protección del interés público y la eficacia de la gestión empresarial.
Para ver la aplicación práctica de la Responsabilidad Social
Empresarial y Corporativa en las empresas energéticas que cotizan en el
IBEX-35, se pueden consultar los siguientes vínculos a sus informes de
sostenibilidad:
Enagás
Endesa
Gas Natural
http://www.gasnatural.com/Rinversor/JuntaGeneral/20080506_Responsabilidad_cast_v2.pdf
Gamesa
Iberdrola
http://www.iberdrolainforme2009.com/ES/media/pdf/sos_sostenibilidad2009.pdf
Iberdrola Renovables
http://www.iberdrolarenovables.es/wcren/gc/es/doc/Informe_sostenibilidad08.pdf
Repsol Repsol-YPF
https://imagenes.repsol.com/es_es/ROJO_tcm7-564511.pdf
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
Comisión Europea (2001), Green Paper: Promoting a European framework
for corporate social responsibility. Disponible en línea:
http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=331&langId=en
Comisión Europea (2004), Green Paper on Public-Private Partnerships and Community Law on Public
Contracts and Concessions.
Disponible
en línea: http://ec.europa.eu/internal_market/publicprocurement/ppp_en.htm
Freeman, R.E. (1984), Strategic Management: A Stakeholder Approach. Boston, Pitman.
Mataix,
C., Sánchez, E., Huerta, M.A. y Lumbreras, J. (2007), Cooperación para el desarrollo y alianzas público-privadas.
Experiencias internacionales y recomendaciones para el caso español.
Madrid, Fundación Carolina-CeALCI.
MTAS
(2005), Informe del Foro de Expertos en
Responsabilidad Social de las Empresas.
Disponible en línea: http://www.revistaempresarias.es/images/stories/rsc/pdf/informe_foroexpertos_rse.pdf
Orliztky, M., Schmidt, F.L. y Rynes, S.L. (2003),
“Corporate social and financial performance”, Organization Studies, 24 (3), pp. 403-433.
Porter, M. y Kramer, M. (2006), “Strategy and
Society: The link between competitive advantage and Corporate Social Responsibility”,
Harvard Business Review, December.
WBCSD (1998), Corporate
Social Responsibility: Meeting changing expectations. Disponible
en línea: http://www.wbcsd.org
1 Orliztky, M., Schmidt, F.L. y Rynes, S.L. (2003), “Corporate
social and financial performance”, Organization
Studies, 24 (3), pp. 403-433
2 Comisión
Europea (2001), Green Paper: Promoting a European
framework for corporate social responsibility.
4 WBCSD (1998), Corporate Social
Responsibility: Meeting changing expectations.
5 Ver: Freeman, R.E. (1984), Strategic Management: A Stakeholder Approach. Boston, Pitman.
6 Porter, M. y Kramer, M. (2006),
“Strategy and Society: The link between competitive advantage and
Corporate Social Responsibility”, Harvard
Business Review, December.
7 Comisión Europea (2004), Green Paper on Public-Private
Partnerships and Community Law on Public Contracts and Concessions.
8 Ver:
Mataix, C., Sánchez, E., Huerta, M.A. y Lumbreras, J. (2007), Cooperación para el desarrollo y alianzas
público-privadas. Experiencias internacionales y recomendaciones para el caso
español. Madrid, Fundación Carolina-CeALCI.